Métodos para formalizar un emprendimiento
En Chile, existen dos formas de componer una empresa mediante la personalidad que tendrá, esto se define según el capital inicial y la cantidad de socios que formarán la sociedad. De esto también dependerá el régimen tributario que lo regulará.
Al momento de iniciar un emprendimiento o negocio, se debe determinar qué tipo de empresa se desea constituir. Para esto se deberá distinguir entre ser una persona natural o persona jurídica dependiendo del carácter y objetivos de la empresa. Por consiguiente, se determinará el régimen tributario según el tipo de empresa que se decida consolidar.
La diferencia entre ambas personalidades de una empresa, según SII corresponde a que la persona natural ejerce todos los derechos y obligaciones de la empresa a su nombre. Esto quiere decir que, es responsable personalmente de las deudas de la empresa. Puede funcionar como Empresa Individual o Microempresa manteniendo el mismo Rut del constituyente.
En el caso de la persona jurídica, se requiere un capital de dinero o bienes para su constitución. La empresa asume las deudas y obligaciones que corresponden a sus bienes. Además, se origina un Rut propio, y puede ser formado por más de una persona tanto naturales como jurídicas. Aquí funcionan las siguientes constituciones.
- Sociedades anónimas
- Sociedades con Responsabilidad Limitada
- Sociedad Colectiva
- Sociedad comanditaria
- Empresa individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)
Una persona jurídica debe inscribir su sociedad o empresa ante notario y luego iniciar actividades en el SII. Para este trámite es necesario contar con un abogado para la redacción de la escritura. Dicha escritura es llevada ante notario con el nombre de los representantes, domicilio, razón social, patrimonio de la empresa, aportes de socios, giros, y quienes son los administradores.
Sumado a esto, debe ser presentada la escritura notarial de la constitución, inscripción en el Conservador de Bienes Raíces, y su respectiva publicación en el Diario Oficial. En el caso de emitir facturas, se le asignará un representante del SII para comprobar y presentar las facturas de aquellos bienes que se intentarán vender.
El plazo para elaborar la publicación en el diario oficinal corresponde a 60 días a partir de la fecha del registro. Luego, la obtención del Rut (Rol único tributario) es entregada por el SII en el sitio web, en el cual se pueden crear modificaciones a través de un formulario online.
Por otro lado, existe un régimen sobre el procedimiento simplificado para la constitución de pymes que comenzó a regir desde el 2013 llamado “Tu empresa en un día”. Esto permite la creación de emprendimientos con responsabilidad limitada, de las cuales se encuentran las siguientes sociedades:
- Empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL)
- Sociedad de responsabilidad limitada
- Sociedad anónima cerrada
- Sociedad anónima de garantía reciproca
- Sociedad colectiva comercial
- Sociedad por acciones
- Sociedad en comandita simple
- Sociedad en comanditas por acciones
Bajo este régimen quedan excluidas las sociedades anónimas abiertas. A través de un formulario rellenado por el constituyente se constituirán dichas sociedades, se recomienda el acompañamiento de un asesor legal con el objetivo de facilitar el proceso y favorecer la administración del patrimonio personal o de la empresa.
Una vez finalizado este proceso, según la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile “se le entregará un Rol Único Tributario a toda persona jurídica que se constituya conforme a este proceso simple, en forma simultánea al acto de incorporación al Registro”. Con ese formulario, se podrá solicitar el inicio de actividades en el SII y se firmarán los documentos tributarios.



