Este recurso asegura a los trabajadores desconectarse del ámbito laboral una vez que finaliza la jornada acordada.
La ley que regula la modalidad de teletrabajo comenzó a regir el primero de abril de 2020. Los trabajadores que ofrecen sus servicios a distancia mantienen todos los derechos individuales y colectivos que se establecen en el Código del Trabajo. En los casos de que la empresa ya tuviese trabajadores que tenían esta modalidad a distancia, tienen un plazo de tres meses para ajustarse a la normativa.
Según el Art. 152, se establece que la modalidad de trabajo a distancia podrá abarcar el total o parte de la jornada laboral, en donde se combinan los tiempos de trabajo en la empresa y fuera de ella. Es decir, el establecimiento, instalaciones o las faenas de la empresa.
Si el trabajador a distancia acordó distribuir la jornada de trabajo en el horario que se adapte a sus necesidades o si se encuentra excluido de la limitación de jornada de trabajo tendrá derecho a la desconexión. Según el Art. 152 del Código del Trabajo, esto significa que los teletrabajadores no están obligados a responder órdenes, comunicaciones o requerimientos del empleador al menos doce horas continuas en un periodo de veinticuatro horas.
Así mismo, el empleador no podrá establecer comunicaciones ni dictar órdenes u otras exigencias en días de descanso, permisos o feriados anuales de los trabajares. Además, según este mismo artículo, el trabajador podrá decidir dónde ejercerá sus funciones libremente salvo que se haya acordado lo contrario.



