La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) anunció este mes una nueva extensión de los beneficios de los trabajadores cuyos contratos hayan sido suspendidos durante la pandemia.
Los trabajadores que hayan recibido su último y 5º giro durante el mes de agosto y cuyos contratos laborales estén suspendidos bajo la Ley de Protección del Empleo, podrán recibir entre dos o cinco pagos nuevos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario si su empleador suscribe un nuevo pacto de suspensión.

De acuerdo a la Administradora de Fondos de Cesantía, los trabajadores podrían seguir recibiendo prestaciones de la Ley de Protección del Empleo aunque el beneficio de suspensión laboral haya finalizado y no se haya reanudado su contrato laboral. Para esto, el empleador debe suscribir una nueva suspensión por pacto de autoridad o de mutuo acuerdo.
En caso que la suspensión sea de mutuo acuerdo, el límite total de la prestación con cargo al Fondo de Cesantía Solidario es ahora de siete giros. Asimismo, en caso que la suspensión sea por acto de autoridad, el límite con cargo al fondo es ahora de diez giros. En ambos casos, la tramitación digital está sujeta a la suscripción de una nueva suspensión realizada por el empleador.
Recuerda que en Tu Asistente Legal te defendemos en caso de despidos injustificados, nulidad de despido, tutela laboral y otras materias laborales, las cuales puedes revisar en nuestra página web y a través de nuestras redes sociales, Facebook e Instagram.
Contáctanos a través de nuestro Whatsapp +56 9 5698 8789 o por nuestro correo electrónico contacto@tuasistentelegal.cl



